El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó el 29 de junio el decreto que establece el calendario de fiestas laborales para 2027, que incluye doce jornadas festivas autonómicas e insulares y abre un plazo para que los ayuntamientos seleccionen sus dos fiestas locales. Esta medida se enmarca en la aplicación de la legislación estatal que regula los días laborales inhábiles, retribuidos y no recuperables en el archipiélago.
Días festivos autonómicos y traslado de la Asunción
El decreto, promovido por la Consejería de Turismo y Empleo, dirigida por Jéssica de León, determina como no laborables todos los domingos de 2027 y establece las siguientes fechas como festivos oficiales: 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Epifanía del Señor), 25 y 26 de marzo (Jueves y Viernes Santo), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 30 de mayo (Día de Canarias), y la Asunción de la Virgen el 16 de agosto, que se traslada al lunes puesto que el 15 de agosto cae en domingo. Completan la lista el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 y 8 de diciembre (Día de la Constitución e Inmaculada Concepción), y 25 de diciembre (Natividad del Señor).
Este cambio en la fecha de la Asunción busca mantener el día festivo dentro del ámbito laboral efectivo, facilitando la conciliación y la organización laboral en el territorio canario.
Fiestas insulares y participación municipal
En cuanto a las festividades de carácter insular, el decreto reconoce las siguientes celebraciones específicas de las islas: 2 de febrero, Virgen de Candelaria en Tenerife; 5 de agosto, Nuestra Señora de Las Nieves en La Palma; 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino en Gran Canaria; 15 de septiembre, Nuestra Señora de Los Volcanes en Lanzarote y La Graciosa; 17 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña en Fuerteventura; 24 de septiembre, Bajada de la Virgen de los Reyes en El Hierro; y 4 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe en La Gomera.
Los ayuntamientos dispondrán de un plazo de un mes tras la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Canarias para remitir a la Dirección General de Trabajo sus propuestas sobre dos días adicionales festivos, de acuerdo con las tradiciones locales, que también serán no laborables y retribuidos.




